Qué grava
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava, cuando procede, el incremento del valor del suelo urbano puesto de manifiesto en una transmisión.
Método objetivo
Multiplica el valor catastral del suelo por el coeficiente que corresponda al periodo de generación según la ordenanza vigente. Después aplica el tipo municipal.
La herramienta no incorpora una tabla fija porque los coeficientes máximos y ordenanzas pueden cambiar. Copia el dato actualizado de tu ayuntamiento.
Método del incremento real
La base se aproxima aplicando al incremento entre valores computables la proporción que representa el suelo sobre el valor catastral total. Por eso se solicitan ambos valores del IBI; usar un 50% genérico puede distorsionar la cuota.
Valores que debes confirmar
- Valor de adquisición y transmisión computables según la operación.
- Valor catastral del suelo y valor catastral total.
- Fecha exacta de adquisición y transmisión.
- Coeficiente aplicable al periodo de generación.
- Tipo impositivo y posibles beneficios municipales.
- Sujeto pasivo, plazo y modelo de declaración.
Casos que necesitan revisión individual
- Herencias, donaciones, usufructos y nuda propiedad.
- Extinción de condominio o excesos de adjudicación.
- Transmisiones con gastos o valores discutidos.
- Ausencia de incremento o valor catastral incorrecto.
- Bonificaciones por herencia o vivienda habitual.
Preguntas frecuentes
¿La calculadora conoce el coeficiente de mi municipio?
No. Debes introducir el vigente según el periodo de generación.
¿Qué proporción de suelo usa?
La calcula dividiendo el valor catastral del suelo entre el valor catastral total que introduzcas.
¿La cuota 0 elimina la declaración?
No necesariamente. Confirma la obligación formal y conserva la documentación que acredita los valores.